Mediante la Ley 2/1016, de 30 de marzo, se estableció en las Illes Balears el impuesto sobre estancias turísticas, destinado a la dotación del fondo para favorecer el turismo sostenible. El devengo del impuesto que regula esta ley tendrá lugar en todo caso a partir del 1 de julio de 2016.

Este impuesto somete a tributación la capacidad económica del contribuyente, persona física, por razón de las estancias, contadas por días, que realice en alguno establecimiento turístico.

https://www.atib.es/ta/contenido.aspx?Id=11087#normativa

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2016-4175&tn=1&p=20221231

Decreto 35/2016, de 23 de junio, por el que se desarrolla la Ley del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears

Como anfitrión, dependiendo de tu ubicación, es posible que tengas que cobrar impuestos locales. En algunos lugares, los anfitriones en Airbnb podrán utilizar la opción de recaudación y liquidación disponible para gestionar los impuestos sobre el alojamiento, también conocido como ECOTASAMas información en este link:

https://www.airbnb.es/help/article/481

Manuales informativos y modelos del impuesto

Los modelos de declaración y declaraciones liquidaciones del impuesto son los siguientes: (Importante: estos modelos tienen carácter informativo y no se pueden presentar de forma presencial. La presentación sólo se puede realizar de forma telemàtica. Para ello, consulte el apartado Gestión telemática):

  • Todas las personas físicas mayores de 16 años que se alojen en establecimientos turísticos (hoteles, viviendas turísticas, apartamentos, campings, albergues, cruceros) deben pagar la ecotasa.
  • No hay distinción entre residentes en Baleares y visitantes de fuera; todos pagan ese tributo cuando cumplen el requisito de alojamiento turístico.
  • Exenciones: menores de 16 años; estancias subvencionadas por programas sociales; por causa de fuerza mayor; por motivos de salud (con documentación justificativa); y estancias por más de 30 días consecutivos (consideradas residentes temporales).

El Consell de Govern aprueba el Decreto Ley de contención turística que el Ejecutivo balear de Marga Prohens (PP) ha pactado con Vox, que ha puesto como condición que se descarte incrementar la ecotasa y un nuevo impuesto a coches de alquiler y vehículos particulares de uso turístico. Las medidas principales del nuevo decreto son:

  • Prohibición de nuevas plazas en viviendas plurifamiliares: Se prohíbe de forma generalizada en todas las islas la creación de nuevas plazas turísticas en viviendas situadas en edificios plurifamiliares. Para renovar las licencias existentes en este tipo de viviendas, se endurecen los requisitos de calidad a través del desarrollo reglamentario.

  • Intercambio de plazas sin crecimiento y bolsa transitoria: Se permite de nuevo el intercambio de plazas turísticas entre particulares, pero sin posibilidad de aumento de la oferta total. Se habilita el cambio de uso de establecimientos turísticos a vivienda residencial. Se crea una bolsa vacía y transitoria para gestionar las bajas de plazas y mantener el control de la capacidad de carga, evitando el decrecimiento abrupto. Las moratorias seguirán activas hasta que los consells insulars definan los techos de plazas y los criterios de capacidad.

  • Aumento de sanciones contra la oferta ilegal: Se refuerza la lucha contra el alquiler turístico no regulado. Las plataformas online estarán obligadas a exigir el número de registro turístico para permitir la comercialización, compartiendo responsabilidad con los propietarios.

Aumento generalizado del 25 % en las sanciones:

  • Muy graves: de 50.001 a 500.000 euros (antes 40.001 – 400.000).

  • Graves: de 5.001 a 50.000 euros (antes 4.001 – 40.000).

  • Leves: hasta 5.000 euros (antes hasta 4.000).

Los propietarios sancionados podrán acogerse a rebajas de hasta el 80 % si destinan la vivienda al alquiler social o de precio limitado. El beneficiario de las rentas del alquiler será la comunidad autónoma.

  • Nuevas zonas saturadas y reconversión de la oferta: Se habilita a los consells insulars a declarar zonas turísticas saturadas y de reconversión, previa presentación de un plan estratégico. Los establecimientos situados en estas zonas podrán acogerse a un régimen extraordinario de modernización. Se permitirá aumentar la superficie edificada hasta un 10 %, pero sin crecer en altura ni plazas. Las zonas declaradas tendrán prioridad en la asignación de ayudas públicas. Será obligatoria su integración en procesos de certificación de calidad turística.

https://www.caib.es/pidip2front/ficha_ convocatoria.xhtml?lang=es&urlSemantica=consell-de-govern-el-consell-de-govern-aprueba-el-decreto-ley-de-contencion-turistica-con-la-prohibicion-de-nuevas-plazas-en-viviendas-plurifamiliares

 Rueda de prensa y propuesta inicial antes de su aprobación.